Denuncias de maltrato animal y cacería furtiva abren paso a una nueva ley penal del ambiente

Redaccion El Tequeno

El maltrato animal y la cacería furtiva son actos que han ido en aumento en Venezuela. Y con ello la preocupación por la calidad de vida animal, pues en los últimos meses las redes sociales han servido de plataforma para la denuncia de algunos casos de maltrato. También han sido utilizadas para la exposición, por parte de los mismos agresores, de las imágenes más crueles de tortura a sus víctimas.

En el país, la evolución normativa en torno al reconocimiento de los derechos de los animales desde todos los aspectos jurídicos -civil, administrativo y penal- ha sido poca. Las leyes se ven afectadas por los vacíos en cuanto a la penalización por los delitos de atentar contra la fauna silvestre y, en el caso de maltrato animal, esto solo tipifica como falta.

La crueldad hacia animales es considerada como la antesala a la violencia social y tiene diferentes tipos que se relacionan entre sí. Muchas veces es llevada a cabo como respuesta emocional de indiferencia o la obtención de placer en el sufrimiento. En estos casos, las personas se aprovechan de su supremacía para agredir a los seres vivos que se encuentran en un nivel de inferioridad.

En junio se conoció que en Bolívar varios hombres alcoholizaron a un mono con anís hasta matarlo. Foto: tech Venezuela school of veterinary

En lo que va de año muchas de esas agresiones se hicieron virales en internet y, a su vez, generaron rechazo por parte de los usuarios.

Los casos que han sido reportados por las autoridades en el primer semestre del año se registraron en el interior del país. En Guárico, por ejemplo, el 4 de marzo apuñalaron a un perro en reiteradas ocasiones con una varilla. En Bolívar, el 20 de junio un hombre lanzó del octavo piso de un edificio al perro de su hija. Días después se conoció que en esa misma entidad varios hombres alcoholizaron a un mono con anís hasta matarlo. En Barinas, el 24 de junio dos mujeres en una casa mutilaron a un perro con un alicate y le causaron heridas graves en los genitales. Otro caso fue el de dos personas que drogaron a su gato con marihuana. Esos actos fueron denunciados por la Fiscalía General de la República.

Campaña contra el maltrato

En respuesta a ello, el fiscal general de la República, designado por la asamblea nacional constituyente, Tarek William Saab, inició una campaña en contra del maltrato animal. A través de ella alega que quienes le hacen daño a los animales son capaces de matar a una persona. Desde entonces se le ha visto denunciar los casos y cumplir con las respectivas detenciones de los agresores. Asimismo, informó que llevaría a la ANC una propuesta de reforma de las leyes que protegen a los animales.

Las autoridades involucradas en el tema decidieron sin embargo que lo mejor en este caso es elaborar un nuevo ordenamiento jurídico. Por ello fue instalada una mesa técnica interinstitucional que redactará una nueva ley penal del ambiente. Además crearán una fiscalía nacional especializada en fauna doméstica y silvestre.

“Yo tengo una campaña fuerte con eso porque estamos haciendo una ley nueva. Yo voy a presentar esa ley a la asamblea constituyente porque el delito de maltrato animal no está tipificado. Soy de la idea de que quienes maltratan animales y los torturan son de por sí psicópatas que potencialmente son criminales. Esa es la tesis que yo tengo”, dijo Saab en una entrevista para El Nacional.

La medida de visibilizar a los criminales a través de la campaña en contra del maltrato animal y la cacería deportiva, según el funcionario, ha generado un impacto positivo en las redes sociales.

“Se tomó conciencia a partir de que nosotros dijimos: vamos a tomar acciones de carácter penal. No es que hay un boom con eso, sino que se tomó conciencia para la denuncia porque la gente confía en que nosotros vamos a actuar”, manifestó.

“Tomamos la iniciativa en todo el país de judicializar los casos, de penalizar, de dictar privativa de libertad a torturadores y asesinos de animales. No solamente domésticos, sino de la fauna silvestre. A partir de una serie de acciones que hemos hecho en contra de quienes mataron a un jaguar aparecieron otras denuncias del mismo tenor. Luego aparecieron denuncias contra personas que desollaron animales domésticos, perros o gatos; que los mataron, que los apuñalaron, torturaron. Dijimos entonces que teníamos una debilidad política, porque el maltrato animal es visto como una simple falta, cuando no es así: un animal doméstico o de fauna silvestre es un ser vivo”, agregó.

Mesas de trabajo

Las mesas de trabajo que se están llevando a cabo para la elaboración de la nueva ley penal del ambiente están integradas por el Ministerio Público, el Ministerio para el Ecosocialismo, la Defensoría del Pueblo, Misión Nevado, el Instituto Nacional de Parques, la Fundación de Protección a la Fauna, la Dirección General de Guardería Ambiental de la Guardia Nacional Bolivariana, la Dirección General de Justicia  y la Procuraduría General de la República.

Saab manifestó que cuando esté lista la propuesta de ley será sometida a consulta y luego será presentada a la ANC. Asimismo, detalló para El Nacional el registro de casos por el Ministerio Público en 2019 y en lo que va de 2020.

En 2019 se registraron 33 casos por delitos de maltrato y muerte o perjuicio animal, los cuales fueron procesados según establecido el Código Penal. De estos, las entidades con mayor número de casos fueron Miranda (6), Barinas (5), Distrito Capital (4) y Anzoátegui (4).

En lo que va de 2020 la cifra de casos es casi la misma que la de todo 2019. De enero a mayo de este año se han contabilizado 32 casos de maltrato y muerte o perjuicio de animal, los cuales también fueron procesados según el Código Penal. De estos, los estados con mayor número de casos son Táchira (12), Miranda (5) y Portuguesa (3).

maltrato animal

En defensa de los animales

La creación de una nueva ley en defensa de los animales se debe no solo a las ambigüedades jurídicas de las actuales sino también a que las multas por los hechos punibles no están actualizadas en cuanto a la realidad económica del país.

  • El Código Penal establece en su artículo 539 que quien cometa crueldades con los animales, los maltrate sin necesidad o los someta a trabajos manifiestamente excesivos, será penado con multa hasta por 100 bolívares, monto que hoy en día es casi simbólico.
  • Asimismo, en el artículo 478 estipula que quien sin necesidad haya matado un animal ajeno o le haya causado algún mal que lo inutilice será penado por acusación de la parte agraviada con arresto de 8 a 45 días. Si el perjuicio es ligero, podrá aplicarse solamente multa hasta por 150 bolívares. Si el animal tan solo hubiere disminuido de valor, la pena de arresto será, a lo más, de 15 días, o la multa de 150 bolívares como máximo.
  • La Ley para la Protección de la Fauna Doméstica Libre y en Cautiverio, prohíbe en el artículo 32 el abandono de ejemplares vivos o muertos en vías públicas; maltratos, agresiones físicas o sometimiento a cualquier otra práctica que les ocasionen sufrimientos, daños o muerte; practicarles mutilaciones; usarlos como blanco de tiro; castrarlos sin haber sido anestesiados, y mantenerlos en condiciones de hacinamiento.
  • En el artículo 71, el maltrato animal por motivos fútiles, aun cuando no se cause dolor es considerado una infracción leve y está es sancionado con multas que varían entre 20 unidades tributarias (UT) a 39 UT, según sea el caso. En el artículo 72 se especifican cada una de las infracciones graves, las cuales serán sancionadas con multas que van desde 40 UT a 70 UT. Entre ellas figuran: el maltrato animal doméstico que genere dolor independientemente de su tipo, los actos de crueldad por dolo o culpa y las prácticas de mutilaciones, entre otros.
  • En el artículo 73 están tipificadas las infracciones muy graves, las cuales acarrearán multas que van desde 71 UT a 100 UT. Entre las 6 infracciones que en este artículo están enumeradas, se encuentra el maltrato de animales que les cause la muerte.
  • La Ley Penal del Ambiente, por su parte, carece de sanciones concretas para personas que contribuyan al maltrato animal, aunque establece sanciones o multas para quienes practiquen la pesca o la caza de ejemplares de la fauna silvestre protegida.

Aunque el maltrato animal no está tipificado como delito, el Ministerio Público ha privado de libertad a los agresores. Saab explica que en estos casos aplican la Ley Penal del Ambiente.

“Si por ejemplo estamos hablando de muerte, ya se trata de privativa, no una simple cautelar o una medida vista como una falta. Esto implicaría presidio. Hay un artículo que habla del maltrato animal y también hay uno que habla de hacer justicia por manos propias. En la combinación de ambos, las personas quedan privadas de libertad. En otras ocasiones han sido, por ejemplo, privados con arrestos domiciliarios. Lo importante es que se ha judicializado, porque antes esto no tenía un castigo, no pasaba nada. Simplemente era visto como algo normal”, expresó Saab.

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Los casos de maltrato animal requieren de 45 días de investigación. Foto: Pixabay

No es insignificante matar un animal

El funcionario señaló que las personas no deben considerar como algo insignificante el matar a un animal, pues aseguró que las autoridades irán en busca de todo aquel que cometa ese delito, incluso si se trata de personas que por religión recurren a eso.

“Esto no puede verse como un relajo, agarrar a un gato, tirarlo de un edificio. Matarlo. Agarrar una escopeta, empezar a matar a los animales en peligro de extinción como si eso fuera un deporte. Nosotros queremos adaptarnos a la modernidad, y yo lo he estudiado. Yo soy un protector de la naturaleza, de la fauna, de los derechos humanos. Yo lo veo desde una perspectiva proteccionista como defensor de derechos humanos. Es la vida y la fauna lo que se está defendiendo. Es un todo”, manifestó.

“Vamos a ir por todos ese tipo de personas. Si nosotros descubrimos o nos denuncian de alguien que practicando una religión está matando a un animal, todos ellos van a ir detenidos. Eso tenlo por seguro. Eso no puede privar para nada porque eso no es religión. Estamos hablando de un ser vivo y no se le puede permitir el asesinato ni la tortura. Y menos bajo la excusa de una religión. La persona que vea un acto como este tiene que denunciarlo. Está obligada a denunciarlo, sea o no un acto religioso. Además, esto es religioso entre comillas, porque, ¿dónde está escrito que para tú rendirle honor a Dios tienes que matar animales? Eso no existe”, añadió.

La investigación

Los casos de maltrato animal requieren de 45 días de investigación. Saab señala que muchas de las personas investigadas han estado presas todos los días que dura el proceso. Después pueden optar por una medida cautelar en un régimen de presentación.

En cuanto a la cantidad de casos de cacería furtiva y maltrato a animales domésticos, el funcionario descarta que se haya registrado un aumento por la cuarentena. A su juicio, lo que sucede es que la campaña que ha implementado en redes sociales de condenar esos hechos, hizo que el número de denuncias se incrementara.

“Yo creo que no es un tema de la cuarentena, es un tema de conciencia. La gente comenzó a denunciar. Antes no lo hacía, tal vez porque no había alguien que los escuchara. En este caso yo asumí la vocería. Yo he dado ruedas de prensa sobre este tema, he usado mis redes sociales para ello; entonces yo creo que eso es un referente para que la gente denuncie. No tiene que ver con la cuarentena como tal, sino que coincidió en esta etapa, en este año 2020”, indicó.

“La gente comenzó a denunciar. Antes no lo hacía”, dijo Saab. Foto: Pixabay

Cacería y pesca de forma desmedida

En las zonas rurales de Venezuela es bastante común la cacería de animales en peligro de extinción, y por lo general los ecosistemas asociados a esas zonas tienen una presión de cacería como bono, explica la bióloga Trina Limonggi, especialista en conservación de la fauna silvestre y miembro de la Sociedad Venezolana de Ecología.

“Cuando uno trabaja con proyectos de conservación en esas áreas, se da cuenta de que ya la cacería por subsistencia dentro de esas zonas tiende a ser bastante marcada y debe uno considerarla. Sin embargo, con el paso de los años la fauna silvestre se ha acercado más a los asentamientos. Ya no depende tanto de que sean netamente rurales porque también la vemos ligada a las áreas urbanizadas”, agregó.

Limonggi aseguró que parte de los problemas asociados a la cacería furtiva están relacionados con la falta de educación. Muchas personas ignoran la existencia de un Calendario Cinegético, en el que se establecen las temporadas de caza en especies que no sean tan vulnerables a ser menos poblacionales. En él se indica las cantidades que quienes tengan licencia pueden cazar.

El Libro Rojo de la Fauna Amenazada

“Muy poca gente conoce que Venezuela cuenta con un Libro Rojo de la Fauna Amenazada, que existen proyectos de conservación que han tenido años ejecutándose dentro del país, que existe la figura del biólogo, de los conservacionistas como tal; que es muy distinto al proteccionista o al rescatista animal, o al aficionado de fauna silvestre, porque ya manejan aspectos más técnicos”, añade.

Para ella, estas actividades también se deben a la cultura y costumbre de la sociedad en las zonas rurales. Además, la crisis económica del país las ha incentivado aún más.

“Muy poca gente conoce que Venezuela cuenta con un Libro Rojo de Fauna Amenazada”, señaló la bióloga Trina Limonggi

Riesgo

La pesca y la caza ilícita representa un riesgo para la población de fauna silvestre amenazada, pues se está haciendo uso desmedido del recurso sin que antes sea evaluado. Ejemplo de ello son especies de peces y mamíferos, que son los que están siendo cazados mayormente.

“Cuando no conoces el tamaño de la población, cuando no sabes cuántas crías, cuántos adultos y juveniles tienes, no puedes establecer qué tan equilibradas están esas poblaciones porque la cacería o la pesca se hace de forma desmedida. Cada vez es más obsesiva, y evidentemente no puedes en tan poco tiempo evaluar qué tan acertado está el recurso fauna. De aquí a 10 años probablemente la cantidad de peces o la cantidad de animales que tú aprovechabas va ir disminuyendo”, manifestó Limonggi.

En 2019, de acuerdo con la información suministrada por Saab a El Nacional, el Ministerio Público registró 78 casos de caza ilícita de ejemplares de la fauna silvestre. Fueron procesados según lo establecido en el artículo 77 de la Ley Penal del Ambiente. Para ese año, los estados con mayor número de casos fueron Delta Amacuro (16), Guárico (14), Amazonas (10) y Falcón (9).

De enero a junio de este año, el total de casos por caza ilícita de animales de fauna silvestre fue de 51. En ese período, los estados con mayor número de casos fueron Delta Amacuro (12), Apure (8), Lara, (8) y Guárico (7).

En su artículo 77, la Ley Penal del Ambiente sanciona con prisión de 3 a 5 años o con multa de 3.000 UT a 5.000 UT a quien practique la pesca o la caza de ejemplares de la fauna silvestre. Sin embargo, Limonggi afirma que es importante la actualización de las leyes ambientales. La realidad de la fauna silvestre en comparación con la de años anteriores es completamente diferente.

cacería ilegal

Diferencia

Hay que marcar una diferencia entre lo que es fauna doméstica y fauna silvestre, porque las realidades de esos grupos de animales es distinta. Lo otro es considerar una mayor penalización porque los montos en las multas datan de los años 70 y 80. Deben considerar incluso una penalización más grande. Para ello deben evaluar y trabajar con un equipo técnico que incluya a biólogos, veterinarios que estén ligados a la fauna silvestre y biólogos conservacionistas, para evidenciar cómo están las poblaciones de estos animales”, indicó.

Aseguró que aunque en la actual ley está tipificado la pena de privativa de libertad, esto solo aplica para quienes cacen especies en mayor grado de amenaza porque estos animales cuentan con la veda completa. No aplica para especies que también están siendo afectadas en gran medida por no estar incluidas en el Calendario Cinegético o en la categoría de especies amenazadas del Libro Rojo, sino que están como preocupación menor.

“Hay especies que no están amenazadas y que tú pudieras decir: son abundantes. Sin embargo, ellas también están siendo afectadas y en términos de número poblacional no se conoce cuál es su estatus actual. Tú puedes decir la especie es muy abundante en Valencia, pero allá tienen una distribución más amplia y desconoces cómo se encuentra en otros puntos; y no solo es la cacería, sino es la fragmentación de hábitat, la tala, la quema, la contaminación y esas cosas que están ligadas a la actividad humana. Entonces una de las cosas más difíciles para trabajar en conservación es que hay algunas especies que no entran dentro del basamento legal; por esto digo que es importante considerarlas como un todo. Habría que considerar incluso prohibir por algunos años cualquiera cacería que esté ligada sin discernir tanto entre mamíferos, aves reptiles para dar chance a que esas poblaciones se recuperen”, dijo.

Animales en zonas urbanas

Las especies más abundantes, afirmó la especialista, suelen estar en el mercado ilícito. La cacería furtiva es el resultado de la demanda en el mercado por obtener animales. Entre ellos figuran los reptiles y los galápagos. En estos casos las organizaciones puede ver cuáles son las especies que se trafican y cuáles están en mayor riesgo, gracias al trabajo conjunto que llevan con funcionarios de la Guardia Nacional, que son los encargados de hacer los decomisos. Posteriormente esos animales son llevados a los zoológicos, donde tienen un libro de ingresos y egresos, estadística que luego suministran a la Fundación de Parques, Zoológicos y Acuarios y a la oficina del Ministerio de Ambiente.

Asimismo, explicó que la presencia de animales en zonas urbanas se debe a que la fragmentación de los hábitat naturales donde ellos viven está muy marcada actualmente. Entonces, el crecimiento poblacional incentiva que la fauna silvestre se ligue más a los urbanismos y se haga más notoria.

“Es importante educar a la gente para entender que los animales estarán allí con ellos porque están buscando alimentos, cuerpos de agua cercanos porque quizá en meses anteriores hubo mucha sequía, y por eso ellos van a hacerse más visibles en los urbanismos. El hábitat donde ellos están se encuentra altamente perturbado y posiblemente no tengan la misma cantidad de presas (alimentos) que en años anteriores. Tienden a acercarse a asentamientos donde habitan los humanos”, explicó.

Especies amenazadas

Ariany García, coordinadora de la comisión de especies amenazadas de Provita, ONG que desarrolla soluciones socioambientales para conservar la naturaleza, señaló que de las casi 300 especies de fauna amenazadas que se han identificado en el Venezuela, 35% presentan como principal amenaza el uso de recursos biológicos: cacería, pesca u otro tipo de captura con fines de uso variados. Aseguró que esto representa la segunda causa de amenaza para la fauna nacional, después de los efectos de la actividad agrícola.

“Para algunos grupos estos resultados son con base en la evaluación del riesgo de extinción de la fauna que publicamos en 2015. Ya nos encontramos con los preparativos para recopilar nueva información y hacer nuevos análisis, que esperamos publicar entre 2021 y 2022. Para algunos grupos marino, como los moluscos gasterópodos y los peces cartolaginosos, la sobreexplotación de sus poblaciones es lo que afecta a 100% de las especies evaluadas”, afirmó.

En cuanto al estado de las poblaciones de la fauna silvestre advirtió que hay especies cuya tendencia poblacional es decreciente. Es el caso de los cachicamos gigantes (cuspón -Priodontes maximus-), que por sobreexplotación sus poblaciones han ido decreciendo de forma continua. Por otro lado hay poblaciones para las que se sospechan tendencias más estables.

Añadió que el uso de recursos biológicos es la segunda causa de amenaza para la fauna. La principal la constituye la pérdida de hábitat en calidad y extensión por efecto de las actividades agrícolas y pecuarias, lo cual afecta 65% de las especies evaluadas.

¿Qué animales, cuándo y cómo se pueden cazar?

El Ministerio del Ambiente, en el Calendario Cinegético, regula las épocas de caza, los métodos de cacería y las prohibiciones relacionadas con el aprovechamiento de la fauna silvestre en Venezuela.

La temporada anual de caza deportiva comienza el 1 de noviembre y finaliza el 30 junio. El período de veda general transcurre en todo el país entre el primero de julio y el 31 de octubre de cada año. El reglamento indica que las especies que no están incluidas en el Calendario Cinegético se encuentran vedadas para la caza deportiva.

El período de veda en Semana Santa abarca a todas las especies cinegéticas. Va desde dos días antes del Domingo de Ramos hasta dos días después del Sábado de Gloria de cada año.

En el estado Nueva Esparta está prohibida la cacería deportiva.

Los métodos y sistemas de caza prohibidos son:

  • Todo procedimiento de caza que tienda a menoscabar excesivamente la fauna cinegética, que sea peligroso para la seguridad de la persona  de alguna manera contraria a la salubridad pública.
  • El empleo de venenos, explosivos y cualquier medio que cause la muerte de los animales de caza en mayor cantidad que la autorizada, la destrucción de animales distintos de lo: que fueren objeto de la caza o la destrucción del hábitat, de los animales silvestres.
  • La caza con armas que no tengan potencia suficiente para matar inmediatamente al animal que se pretende cazar.
  • La persecución o caza de animales en vehículos de motor, ya sean terrestres, aéreos o acuáticos.
  • Incendiar la vegetación con fines de caza.
  • Cazar animales cuando se hallen en sus nidos, sus cuevas que junto a sus crías, excepto en los casos previstos en el artículo 84 de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre.

Las áreas prohibidas para la cacería deportiva comprende:

Parques nacionales, monumentos naturales, santuarios de fauna silvestre, refugios de fauna silvestre, reservas de fauna silvestre, reservas forestales, reservas de pesca, en fundos de propiedad privada sin la autorización por escrito de sus dueños, administradores o encargados.

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