«A veces hay que doblarse para no partirse». En la Universidad Central de Venezuela (UCV) han asumido la frase que popularizó el diputado opositor Henry Ramos Allup, al inicio del conflicto entre el chavismo y la Asamblea Nacional (AN) electa en 2015, pues tras negarse durante 15 años a aceptar las condiciones que el oficialismo le impusiera para renovar a sus autoridades, han cedido y las terminarán aplicando en los comicios que celebrarán el próximo 26 de mayo.
Así se desprende del contenido del Reglamento Transitorio para la elección de rector, vicerrectores, secretario, decanos y representantes profesorales de la UCV, aprobado por el Consejo Universitario de la casa de estudios superiores el pasado 20 de julio de 2022.
En la exposición de motivos del instrumento se reconoce que el mismo fue dictado con el propósito de dar complimiento a «lo dispuesto en la sentencia n.º 0324, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 27 de agosto de 2019, mediante la cual se suspende cautelarmente la aplicación de los artículos 31, 32 y 65 de la Ley de Universidades en cuanto a la forma de elección de las autoridades universitarias, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el proceso en curso y, se establece cautelarmente un régimen transitorio para la elección de las autoridades de la Universidad Central de Venezuela que deberá aplicarse a tal efecto».
Así, en el reglamento electoral ucevista se amplía el padrón electoral y se crean los cinco registros electorales (profesores, estudiantes, egresados, empleados administrativos y personal obrero) que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) mandó a establecer, en aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Educación que en 2009 aprobó la AN controlada por el oficialismo. Una medida que la UCV, junto a las otras casas de estudios nacionales autónomas, se había negado a acatar por ser inconstitucional.
Una disyuntiva complicada
La Ley Orgánica de Educación ordena que las elecciones universitarias garanticen que el voto paritario de los profesores, estudiantes, empleados y obreros tengan el mismo peso, un mandato que las instituciones de educación superior consideraban contrario al artículo 109 constitucional:
«El Estado reconocerá la autonomía universitaria como principio y jerarquía que permite a los profesores, profesoras, estudiantes, estudiantas, egresados y egresadas de su comunidad dedicarse a la búsqueda del conocimiento a través de la investigación científica, humanística y tecnológica, para beneficio espiritual y material de la Nación. Las universidades autónomas se darán sus normas de gobierno, funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio bajo el control y vigilancia que a tales efectos establezca la ley. Se consagra la autonomía universitaria para planificar, organizar, elaborar y actualizar los programas de investigación, docencia y extensión. Se establece la inviolabilidad del recinto universitario. Las universidades nacionales experimentales alcanzarán su autonomía de conformidad con la ley».
En el mismo sentido, la Ley de Universidades vigente limita el registro electoral al claustro universitario (profesores y estudiantes) y concede a las casas de estudios superior la posibilidad de dictar sus reglamentos comiciales.
En los últimos tres lustros, la UCV y las demás universidades públicas autónomas nacionales se negaron a aplicar lo exigido por la Ley Orgánica de Educación, lo que dio pie a que la Sala Electoral del TSJ, primero; y luego la Constitucional les impidieran sistemáticamente celebrar elecciones, hasta tanto no aceptaran los cambios impuestos en el texto legal.
En 2019, el máximo juzgado dio un paso más allá y no solo mantuvo el bloqueo, sino que les dio a las casas de estudio 6 meses para celebrar elecciones paritarias, bajo la amenaza de que otro incumplimiento abriría las puertas para que el Gobierno las interviniera y designara autoridades provisionales.
Meses después, la Sala enterró la amenaza de intervención dado el compromiso de las instituciones de educación superior de cumplir lo ordenado. El reglamento transitorio es prueba de esa voluntad y parece revelar que el ultimátum consiguió sus objetivos.
El artículo 3 del instrumento señala claramente que el padrón electoral estará conformado por el personal docente y de investigación «ordinarios, honorarios, especiales, activos y jubilados, indistintamente de su escalafón», así como por los estudiantes, personal administrativo y obrero para la elección de rector, vicerrectores y secretario; y para el caso de los decanos los mismos que los anteriores, salvo los profesores jubilados.
Solo por esta vez
Las normas que regularán los comicios rectorales y decanales de mayo próximo no se aplicarán más que para este proceso. Así lo deja en claro el texto, el cual establece que expirará «15 días continuos contados a partir de la proclamación de todos los candidatos a los cargos de Rector, Vicerrector Académico, Vicerrector Administrativo, Secretario, Decano y Representante Profesoral ante el Consejo Universitario, Consejo de las Facultades y Escuelas».
Resulta llamativo que el texto ni deroga ni modifica el reglamento electoral de la UCV de 2007.
Además de ampliar el padrón, las reglas temporales eliminaron el quorum de votación necesario para considerar que el proceso fue válido, y en el artículo 6 se especifican los porcentajes de participación de cada sector, los cuales se calculan sobre el número total de profesores votantes: a los estudiantes regulares de pregrado les corresponde un porcentaje de 25%; a los egresados, un 5%; al personal administrativo un 10%; y a los obreros un 10%. Se desconoce el criterio utilizado para fijar estos porcentajes.
Por su parte, el artículo 7 señala que el candidato al cargo postulado que haya obtenido la mayoría de los votos (mitad más uno), sumados los votos de todos los sectores electorales, se proclamará ganador. Sin embargo, si ningún candidato lograra cumplir este requisito habrá segunda vuelta, con los dos candidatos con mayor cantidad de votos de los sectores electorales. Dicha votación se celebrará dentro de los 30 días continuos a la primera elección, es decir, el próximo 23 de junio.
Y a ti venezolano. ¿cómo te afecta?
Aunque consideramos positiva la posibilidad de que la UCV renueve sus autoridades rectorales y decanales tras casi 15 años sin hacerlo, lamentamos que terminara aceptando la mayoría de las condiciones impuestas por el TSJ, a pesar de que estas desconocen su propia autonomía universitaria y suponen una violación de lo dispuesto en el artículo 109 constitucional.
La UCV, como las demás casas de educación superior venezolanas, se encuentra sumergida en una profunda crisis, y para salir de ella es necesario que empiece por rescatar los espacios que le fueron secuestrados.