Sindicatos del sector contabilizan seis trabajadores muertos este año debido a accidentes laborales y afirman que en 2021 hubo diez. En todos los casos el gobierno ha volteado la mirada y repetido el patrón de dejadez. Los trabajadores denuncian que tienen 14 años sin recibir una dotación completa de uniformes y equipos para las labores. No tienen cascos o guantes de alta y baja tensión, tampoco pértigas, probador de ausencia de tensión o rompe arcos. La precariedad que se ha instalado en Corpoelec no ha hecho más que recrudecer la fuga de talentos de la estatal. Según uno de los dirigentes sindicales consultados, desde el 2015 hasta la fecha salieron de la compañía 20 mil trabajadores.
La precariedad ensombreció a la Corporación Eléctrica Nacional (Corpoelec). La carestía de condiciones mínimas de seguridad para trabajar sentenció a los trabajadores de la estatal a estar al borde de la letalidad. Según testimonios recabados, solo este año seis operadores murieron mientras hacían actividades técnicas. Sindicatos del sector responsabilizan a la empresa. Esgrimen, además, que las autoridades aplican un patrón de dejadez que se replica en casos de muertes y heridos. Para los trabajadores, la compañía los trata como un objeto desechable en el que «si te accidentas no le sirves».
José Morillo (50), Jhonny y Rufo Russo fallecieron el 13 de marzo de este año, luego de que se desplomara una torre eléctrica sobre la que trabajaban en Yaracal, estado Falcón.
El 23 de ese mismo mes murió electrocutado Jorge Farah, supervisor de estaciones de Corpoelec, cuando intentaba corregir una falla en la subestación eléctrica Ezequiel Zamora, en el estado Monagas.
El 24 de mayo al registro de fallecidos se sumó un nuevo nombre: Alejandro Gómez Caporal, del eje costero Carabobo; sufrió un accidente cuatro días antes, mientras hacía maniobras en la subestación La Elvira, para atender una falla eléctrica que dejó por más de 18 horas a varios sectores de la entidad sin servicio.
La lista de trabajadores fallecidos del sector eléctrico este año la completa William Guerrero, quien recibió una descarga eléctrica el 28 de junio, mientras realizaba trabajos de reparación en el sector Sabaneta Norte de Montalbán, estado Carabobo.
Los sindicatos informan que en 2021 se registraron diez muertes por accidente laboral. Afirman que estos decesos son atribuibles a la falta de condiciones de seguridad con las que se les obliga, desde Corpoelec, a hacer las operaciones.
Aunque el Ministerio de Energía Eléctrica ha hecho propaganda a través de redes sociales sobre dotación de botas y uniformes a los trabajadores, los movimientos sindicales del sector desmienten a la cartera ministerial y a sus titulares. Afirman que lo que dan es mísero y no se apega a los estándares mínimos de seguridad.
Parapetando un sistema en crisis
Corpoelec pasó de ser una corporación que, con todo un ejército de trabajadores detrás, iluminaba a toda Venezuela; a ser una estatal en la que se intenta parapetar todo un Sistema Eléctrico Nacional en crisis, con uniformes desgastados y equipos obsoletos.
Desde hace 14 años, dicen a TalCual representantes sindicales, no se hace una renovación completa de aparatos para las operaciones técnicas.
De acuerdo a la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) en su artículo 53, «los trabajadores y las trabajadoras tendrán derecho a desarrollar sus labores en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el pleno ejercicio de sus facultades físicas y mentales, y que garantice condiciones de seguridad, salud, y bienestar adecuado».
La norma también establece que es un derecho de los trabajadores «no ser sometidos a condiciones de trabajo peligrosas o insalubres que, de acuerdo a los avances técnicos y científicos existentes, puedan ser eliminadas o atenuadas con modificaciones al proceso productivo o las instalaciones o puestos de trabajo o mediante protecciones colectivas. Cuando lo anterior no sea posible, ser provisto de los implementos y equipos de protección personal adecuados a las condiciones de trabajo presentes en su puesto de trabajo y a las labores desempeñadas de acuerdo a lo establecido en la presente Ley, su Reglamento y las convenciones colectivas».
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