El registrador civil del municipio Carrizal, Carlos Arencibia, hizo un llamado a las personas que durante los años anteriores perdieron a un familiar en la jurisdicción, y por causas ajenas a su voluntad, no realizaron la declaración de defunción, a cumplir con la misma en la oficina de Registro Civil.
Informó que la alerta obedece a los casos que se han presentado ante esta dependencia de personas que acuden solicitando el acta de defunción de algún familiar; sin embargo, no reposa ninguna información en los libros porque no fue declarada en su momento.
Recordó que el artículo 127 de la Ley Orgánica de Registro Civil establece que las defunciones serán registradas dentro de las primeras cuarenta y ocho horas de su ocurrencia o del conocimiento del hecho, ante las Oficinas y Unidades de Registro Civil; no obstante, “si por alguna razón no pudieron hacerlo, y de todas forma cremaron o enterraron al familiar, deben cumplir a la brevedad con este trámite legal, ya que esta estadística debe ser presentada ante la Dirección de Epidemiología, al Instituto Nacional de Estadísticas (INE) y al Consejo Nacional Electoral (CNE)”, dijo.
Arencibia reiteró que el cumplimiento de este trámite contribuye a actualizar la data y efectuar trámites futuros, como sucesiones o ante las embajadas o consulados, así como a depurar el sistema electoral venezolano.
Para finalizar, agregó que de acuerdo a los procedimientos legales, para permitir un entierro o cremación, primero debe declararse la defunción, constancia que otorga la medicatura forense o el centro de salud, certificado que debe ser consignado por los familiares o la empresa funeraria para hacer la declaración en los libros de Registro, quien posteriormente envía las estadísticas que ingresan al sistema venezolano.