GINEBRA (Por Corresponsal de IPS) Una nueva guía del Comité de Derechos del Niño de las Naciones Unidas, divulgada este lunes 28, establece pautas para que los Estados aborden con urgencia los efectos adversos, sobre niñas y niños, de la degradación ambiental y el cambio climático.
El documento “detalla las obligaciones de los Estados en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño de abordar los daños ambientales y garantizar que los niños puedan ejercer sus derechos”, dijo la jurista sudafricana Ann Skelton, presidenta del Comité de 18 expertos independientes.
“Esto abarca sus derechos a la información, la participación y el acceso a la justicia, para garantizar que estén protegidos y reciban reparación por los daños causados por la degradación ambiental y el cambio climático”, agregó Skelton.
El Comité adoptó la guía, conocida formalmente como “Observación general número 26”, después de dos rondas de consultas con Estados, instituciones de derechos humanos, organizaciones internacionales, sociedad civil, expertos temáticos y niños.
“Los niños son arquitectos, líderes, pensadores y agentes de cambio del mundo actual. Nuestras voces importan y merecen ser escuchadas”: Kartik.
Recibió 16 331 contribuciones de niños de 121 países, quienes compartieron e informaron sobre los efectos negativos de la degradación ambiental y el cambio climático en sus vidas y comunidades, y afirmaron su derecho a vivir en un ambiente limpio, saludable y sostenible.
“Los niños son arquitectos, líderes, pensadores y agentes de cambio del mundo actual. Nuestras voces importan y merecen ser escuchadas”, dijo por ejemplo Kartik, de 17 años, activista por el clima y los derechos del niño de la India y uno de los asesores infantiles del Comité.
La nueva guía es divulgada desde el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, en Nueva York, y la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) en esta ciudad suiza.
Expone cómo se aplican los derechos del niño a la protección del medio ambiente, y subraya que los niños tienen derecho a un ambiente limpio, saludable y sostenible.
Ese derecho está implícito en la Convención, vigente desde 1990 y ratificada por 196 países, y es necesario para el pleno disfrute de los derechos del niño, pues se vincula directamente con los derechos a la vida, la supervivencia y el desarrollo, el más alto nivel posible de salud, un nivel de vida adecuado y la educación.
La guía indica que los Estados protegerán a los niños contra los daños ambientales causados por actividades comerciales.
Especifica que los Estados están obligados a proporcionar marcos legislativos, regulatorios y de aplicación para garantizar que las empresas respeten los derechos del niño, y deben exigirles que adopten la debida diligencia en relación con los derechos del niño y el medio ambiente.
Se deben tomar medidas inmediatas cuando se identifica a niños como víctimas para evitar mayores daños a su salud y desarrollo y reparar el daño causado.
El Comité observa que, en muchos países, los niños encuentran barreras para obtener una capacidad jurídica debido a su estatus, lo que limita sus medios para hacer valer sus derechos en relación con el medio ambiente.
Por lo tanto, la guía indica que los Estados deben proporcionar vías para que los niños accedan a la justicia por violaciones de sus derechos relacionados con el daño ambiental, incluso a través de mecanismos de denuncia que sean amigables para los niños, sensibles al género e inclusivos para la discapacidad.
Además, deben estar disponibles mecanismos para denuncias de daños inminentes o previsibles y de violaciones pasadas o actuales de los derechos de los niños.
Con respecto al cambio climático, el documento subraya que los Estados deben tomar todas las medidas necesarias para proteger contra los daños a los derechos de los niños relacionados con el cambio climático causados por empresas comerciales.
Por ejemplo, debieran exigir y garantizar que las empresas reduzcan rápidamente sus emisiones de gases de efecto invernadero, como el dióxido de carbono, que calientan la atmósfera y aceleran el cambio climático.
La guía también enfatiza la necesidad urgente y colectiva de que los Estados desarrollados aborden la actual brecha de financiamiento climático, incluso mediante subvenciones en lugar de préstamos a los Estados en desarrollo, para evitar impactos negativos en los derechos de los niños.
También señala que el financiamiento climático está demasiado inclinado hacia la mitigación (hacer que los efectos sean menos graves) a costa de la adaptación (ajuste a los efectos actuales y futuros), lo que tiene efectos discriminatorios para los niños que viven en áreas donde se necesitan más medidas de adaptación.
A-E/HM
Cortesía de IPS Venezuela