En Gaceta Oficial 42.880 del 16 de mayo de 2024, la publicación del Decreto 4952 establece un aporte obligatorio del 9% para las empresas al nuevo Fondo de Pensiones. El decreto especifica que este aporte se aplica a la “Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social frente al Bloqueo Imperialista”, según señala la Gaceta.
Se establecen exenciones para las empresas inscritas en el Registro Nacional de Empresarios (RNE). Sin embargo, esta exención es temporal, con una duración máxima de un año a partir de la fecha de publicación en la Gaceta.
Las empresas sujetas a esta contribución deberán ajustar sus sistemas de nómina y contabilidad para cumplir con la nueva regulación.
El gobierno de Nicolás Maduro publicó en la Gaceta Oficial 6.806 la Ley de Protección a las Pensiones del Seguro Social, detallando los procedimientos que deben seguir las empresas para el pago del nuevo impuesto.
Según señala la Gaceta, se debe realizar un aporte mensual al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. (Seniat), siguiendo los procedimientos y facultades de control del Código Orgánico Tributario.
El aporte especial se puede deducir como parte del gasto en la declaración final del impuesto a la renta, además del aporte regular. Quienes incumplan la ley estarán sujetos al pago de intereses de demora y serán sancionados conforme a la ley.
La Asamblea Nacional (AN) sancionó la Ley de Protección de las Pensiones de la Seguridad Social contra el bloqueo imperial, una medida anunciada por el presidente Nicolás Maduro el 1 de mayo. Destinada a garantizar que los empresarios destinen una parte de sus ingresos a un fondo para jubilados.