El martes pasado, la Corte Suprema del estado de Nueva York, con sede en Manhattan, le dio trámite a la acusación presentada por el gran jurado de ese circuito judicial, contra el señor, Donald J. Trump.
Entre el 14 de febrero y el 5 de diciembre de 2017, el mencionado expresidente se habría concertado con su abogado o “componedor”, Michael Cohen y otros empleados de su emporio comercial, para realizar 34 asientos falsos en la contabilidad comercial del “Fideicomiso Revocable Donald J. Trump”, lo que, según la vindicta pública, constituye falsificación de registros, en primer grado, castigado por la Ley Penal, sección, 175.10 del mencionado estado.
En los días previos a las votaciones presidenciales de EE. UU., del 8 de noviembre de 2016, el aludido “componedor” o “fixer”, suscribió un acuerdo con el representante de una bailarina de striptease, para que ésta, no publicase los detalles de su supuesto amorío con el entonces candidato. Un escándalo de tales proporciones a semanas, apenas, de las votaciones pudo haberle arruinado las posibilidades a quien a la postre, salió victorioso en aquellos comicios. Cohen, de su propio peculio, le adelantó a la dama, a cambio de su silencio, US $ 130.000,00 de allí que para regresarle su dinero los participantes del supuesto fraude, simularon unos inexistentes servicios “jurídicos”. Si la trama se urdió a espaldas del acusado o con su activa participación, es cuestión que determinará el veredicto final de este asunto.
¿Inhabilitar a un exprimer mandatario y, además, candidato con posibilidades ciertas de ganar las próximas elecciones presidenciales por unos delitos leves, en apariencia? La utilización de la Justicia, como arma de aniquilación del adversario, siempre ha sido una sospecha contra los políticos de uno u otro bando.
Sin embargo el Fiscal acusador, les ha salido al paso, a sus detractores. El ocultamiento de la verdadera finalidad de tales pagos mediante birlibirloques contables, además del delito de alteración de registros comerciales, constituye ilícitos tributarios. La severidad con que se castigan estos últimos, es legendaria, en EE. UU.. A lo que se ha añade que, la Fiscalía, alega que contraprestaciones como las recibidas por la striper, en medio de una campaña electoral, habrían quebrantado, la normativa aplicable en el estado de Nueva York (Consolidated Laws, Election Law – ELN § 17- 142 y 17-152).
En la actual etapa del proceso, el contenido de, lo ya declarado por los testigos, de las documentales recabadas, de las experticias, de la data de las computadoras, teléfonos móviles, de las evidencias incriminatorias, en general, permanecen bajo reserva legal y no será sino hasta la audiencia pública que sabremos su nivel de certeza.
Hacia dónde se dirija EE. UU., y su Presidente, en estos turbulentos años, en buena medida se dirigirá, el Mundo. De allí, que el interés de las causas judiciales, actuales o potenciales contra el señor Trump, trascienda las fronteras de esa nación. Hacemos votos por el apego estricto, al debido proceso. Sin linchamientos tribunalicios pero, por igual, sin privilegios individuales, en dicho juicio.
@omarestacio