Las sentencias que han afectado participación electoral de la oposición

Redaccion El Tequeno

Finalmente, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) procedió contra las primarias opositoras, no para impedir su realización el 22 de octubre como se temía, sino para intentar dejar «sin efecto» el proceso en el que participaron casi dos millones y medio de personas dentro y fuera de Venezuela.

Desde que la Asamblea Nacional (AN) fuera conquistada por la oposición en 2015 y el chavismo entrara en cuenta que los adversarios podían ganar elecciones si recurrían a la unidad, el máximo tribunal no ha escatimado en sentencias que han sido señaladas de violar derechos políticos previstos en la Constitución.

De hecho, el polémico desacato que argumentó la Sala Constitucional ese año para anular las competencias del Parlamento con mayoría calificada opositora —por haber proclamado a tres diputados de Amazonas— promete ser reeditado, esta vez contra los factores políticos en torno a la candidatura presidencial de María Corina Machado.

La denuncia del uso político de la justicia en Venezuela y la falta de autonomía del Poder Judicial vuelve a estar en la palestra. Veamos las decisiones más polémicas del máximo juzgado que han afectado a la oposición en procesos electorales:

¿Suspender efectos de primarias?

El recurso de amparo introducido por el excandidato presidencial de 2018, Luis Ratti ante elTSJ, el pasado 30 de mayo, contra la Comisión Nacional de Primaria por «violar leyes» en la organización del proceso para elegir al candidato presidencial unitario de la oposición, fue engavetado tras la firma de un acuerdo sobre derechos políticos y electorales en Barbados entre Miraflores y la Plataforma Unitaria Democrática.

Pero el recelo del poder político contra el proceso electoral de sus adversarios no quedó allí, tras apostar, sin éxito, a un fracaso logístico, terminó actuando contra las primarias vía Sala Electoral del TSJ.

Este 30 de octubre el fallo número 122 sentenció la suspensión de «todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias”, bajo “actos inconstitucionales e ilegales“, supuestamente cometidos.

La admisión de un recurso “contencioso electoral” del diputado de 2020 y disidente de Primero Justicia (PJ),  José Brito, por parte del TSJ, hizo posible la sentencia. Brito se unió a las voces del chavismo que desde el gobernante Nicolás Maduro, para abajo, cantaron «fraude» en las primarias. El Ministerio Público también realiza una investigación contra miembros de la Comisión de Primaria.

Por si fuera poco, la sentencia ordena que la Comisión Nacional le entregue actas de escrutinio y totalización, cuadernos y papeletas de votación, entre otros documentos, lo que reaviva el fantasma de la llamada «lista Tascón» de 2004. También ratificó las inhabilitaciones políticas contra Machado, ganadora de las primarias con 2.253.825, Henrique Capriles y Freddy Superlano.

«La Sala ordenó como medida de amparo cautelar, suspender las primarias. Esto es absurdo: no se pueden suspender pues ya se realizaron. Son un hecho político consumado. Ya lo hizo la Sala Electoral en 2015: suspendió proclamación de diputados de Amazonas, ya proclamados. Y de allí vino el desacato. Por ello, la Sala va a considerar que toda acción basada en la candidatura de María Corina Machado es un desacato al amparo, lo que derivará en medidas penales», advirtió el abogado constitucionalista José Ignacio Hernández en su cuenta de la red X.

El Barinazo

Un recurso de amparo interpuesto por el exdiputado de la AN, Adolfo Superlano, el 26 de noviembre de 2021, dio pie al TSJ para anular los resultados electorales en Barinas, tras los comicios regionales del 21 de noviembre, que dieron como ganador por escaso margen al candidato opositor, Freddy Superlano de Voluntad Popular (VP).

La Sala Electoral del TSJ reconoció la victoria de Superlano ( 37,60 % sobre el candidato del chavismo Argenis Chávez), pero alegó una supuesta inhabilitación política del también diputado de 2015 que no impidió antes su inscripción como candidato ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Lo que fue tildado de maniobra, no tuvo un final feliz en la llamada «cuna del chavismo», por cuanto el candidato sustituto de la oposición, Sergio Garrido, venció al abanderado del Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv) Jorge Arreaza.

«Además de violar el derecho constitucional a la participación y al sufragio a todos los ciudadanos con derecho a voto en el estado Barinas, el TSJ también desconoció los principios de legalidad y separación de poderes consagrados en la carta magna. El órgano judicial usurpó las funciones que le corresponden ejercer al árbitro electoral, concretamente al resolver que la repetición del proceso para elegir al gobernador en la entidad llanera debía realizarse el 9 de enero (de 2022)», reaccionó en su momento la ONG Acceso a la Justicia.

Camino allanado para 2020

De acuerdo con la Constitución, en 2020 correspondía elegir una nueva AN. Para retomar el control tras la AN de 2015, vía TSJ, se le allanó el camino al chavismo madurismo para lograrlo. Primero, la Sala Constitucional del TSJ declaró la omisión legislativa del Parlamento y procedió, por quinta vez, a designar a un nuevo CNE, el que necesitaba el poder político para las parlamentarias de 2020.

Así fueron designados Indira Alfonzo, presidenta del CNE; Rafael Simón Jiménez, vicepresidente; y como rectores principales Tanía D’ Amelio, Gladys Gutiérrez y José Luis Gutiérrez Parra.

Gutiérrez fue presidenta del TSJ y Alfonzo dirigía la Sala Electoral, de su autoría fue la ponencia que suspendió la proclamación de los diputados de Amazonas y dio pie al desacato.

Pero faltaba más. La Sala Constitucional del TSJ también emprendió acciones contra partidos políticos de oposición y de la izquierda contraria al gobierno de Maduro previo a las elecciones parlamentarias. En seguidilla fueron intervenidos los partidos Acción Democrática, PJ, Bandera Roja, Patria Para Todos (PPT) y Tupamaro.

La oposición mayoritaria se abstuvo de participar en los comicios del 6 de diciembre de 2020, alegando falta de garantías democráticas. El resultado fue que el partido del gobierno de Maduro obtuvo 256 diputados y una oposición señalada como «aliada» conformada en su mayoría por los directivos de los partidos impuestos por el TSJ, 20 curules.

Tras desconocer las parlamentarias, la AN de 2015 declaró su continuidad a través de una Comisión Delegada. La comunidad internacional, principalmente Estados Unidos, tampoco reconoció la legitimidad de la AN de 2020.

Desacato contra AN de 2015

El «desacato» contra AN electa en 2015 se aplicó a partir de enero de 2016. La Sala Electoral declaró el desacato luego de que la directiva del Parlamento encabezada por Henry Ramos Allup, juramentara a tres diputados opositores de Amazonas, pese a la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación de los cargos electos en dicho estado.

A partir de allí el máximo juzgado declaró nulos todos los actos del Parlamento desde su instalación y los futuros, mientras persistiera la incorporación de los diputados indígenas.

En 2017, el TSJ dio un zarpazo a la AN con las sentencias 155 y 156. En la última se declaró que «mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho».

Dichas decisiones fueron revertidas luego de que se denunciara ruptura del orden constitucional, incluso por parte de la entonces fiscal Luisa Ortega, en medio de masivas protestas ciudadanas en todo el país contra el gobierno de Maduro.

Sin embargo, en la práctica, la AN siguió atada de manos debido al desacato hasta su última día de gestión (2015-2020) y la elección del Parlamento con mayoría del chavismo en 2020.

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