En claves: Ley de Protección de Activos, Derechos e Intereses de Venezuela y sus entidades en el Extranjero

Redaccion El Tequeno

La Asamblea Nacional electa en 2020, aprobó por unanimidad este martes, la Ley para la Protección de los Activos, Derechos e Intereses de la República y sus Entidades en el Extranjero, con la que espera recuperar bienes de Venezuela en el exterior que están en manos de la oposición representada por la Asamblea Nacional electa en 2015 y que ahora preside la dirigente de Primero Justicia Dinorah Figuera. Este nuevo instrumento jurídico se complementa con la recién aprobada ley de Extinción de Dominio, que busca recuperar bienes y recursos del país vinculados a casos de corrupción.

Por EL COOPERANTE

Como parte de la «cruzada» contra la corrupción que inició a finales de marzo y que generó la detención de decenas de altos cargos del Gobierno de Nicolás Maduro, pero también empresarios y funcionarios de Petróleos de Venezuela (Pdvsa), el parlamento de mayoría oficialista avanza en leyes para recuperar sus bienes.

Así lo dijo el primer vicepresidente del  Partido Socialista Unido de Venezuela, Diosdado Cabello, en la sesión de la AN donde fue aprobada la ley sobre activos venezolanos.

«Esta ley tiene como objeto fundamental la recuperación de nuestros bienes, declara como nulo cualquier intento o acción de organismos internacionales contra bienes del Estado, que le pertenecen al pueblo de Venezuela, no le pertenecen a los Estados Unidos ni le pertenecen a ningún grupo político de la oposición venezolana», justificó.

Antes de su aprobación en segunda discusión, Nicolás Maduro manifestó su apoyo a la consulta pública.

«Todo nuestro apoyo a la consulta pública sobre la Ley de Protección de los Activos de la República en el Exterior. Una ley trabajada y consultada por la Asamblea Nacional que viene a proteger a Citgo y a todos los bienes secuestrados, que le pertenecen a las y los venezolanos», fue su mensaje en Twitter el 15 de mayo, horas antes de la sesión parlamentaria.

¿Qué implica esta ley?

Pese a que el documento no está aún disponible en la página web de la Asamblea Nacional, El Cooperante tuvo acceso al mismo a través de integrantes de la Comisión Mixta consulta Ley para la Protección de Activos en el Exterior.

La ley consta de 11 artículos y dos capítulos generales, además de una disposición final. En su exposición de motivos refiere a las «medidas coercitivas unilaterales» que han sido adoptadas por Estados Unidos desde 2014 «con el propósito de forzar al país a renunciar al ejercicio de sus derechos soberanos. Estas medidas vulneran los derechos humanos del pueblo venezolano, implican atentados contra el Derecho Internacional y, en su conjunto, constituyen crímenes de lesa humanidad y la afectación del derecho al desarrollo libre y soberano» de Venezuela.

Con estas medidas, aseguran, se ha buscado «despojar» a Venezuela de sus derechos e intereses ubicados en el extranjero para afectar la economía del país. Y señala directamente a la Asamblea Nacional electa en 2015 y de mayoría opositora que sigue desempeñando funciones paralelas porque no reconoce a este parlamento electo en 2020.

«Este intento de expolio al patrimonio nacional ha sido favorecido y facilitado por la acción de actores nacionales que, violentando flagrantemente la constitución han pretendido usurpar o atribuirse la representación de la República o sus entidades en el país y en el extranjero. La vía para la comisión de estos actos ilícitos han sido diversos pronunciamientos por parte de la AN, durante el período parlamentario de 2016-2020, dictados con la deliberada intención de violar el orden constitucional y legal o, específicamente, de ejercer competencias correspondientes a otros Poderes Públicos».

Expone que Citgo ha sido objetivo de esta «ofensiva» y que está en camino de ser «ilegalmente rematada» tras la decisión emitida por el Departamento de Estado el 28 de abril. Posteriormente, el 1 de mayo, el Departamento del Tesoro aprobó la Licencia General Nro. 42, con el objeto de autorizar a las personas que han pretendido usurpar o atribuirse la representación de la República o sus entidades en el extranjero para negociar acuerdos en relación con activos, derechos o intereses de Venezuela en el extranjero.

La ley busca proteger los activos, derechos e intereses de Venezuela en el extranjero ante «cualquier acto de enajenación o disposición por parte de personas que ilegal e ilegítimamente pretendan usurpar o atribuirse» la representación de Venezuela.

Por tanto, la ley declara inexistente y eficaz cualquier negociación, oferta, acuerdo, compromiso o acto de enajenación o disposición realizado en torno a cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicados en el extranjero y enfatiza «todos estos actos se considerarán inválidos y sin efecto jurídico alguno, sin necesidad de pronunciamiento judicial. Por tanto, no comprometen a la República Bolivariana de Venezuela o sus entidades».

Pero además, las personas que pretendan disponer del patrimonio de Venezuela «mediante la usurpación de la representación» del país o sus entidades, tendrán que afrontar su responsabilidad penal. Esta responsabilidad penal también abarca a los profesionales del derecho que participen directa o indirectamente en estas negociaciones, ofertas, acuerdos, compromisos o actos de enajenación o disposición.

El documento cataloga estas acciones como «actividades de delincuencia organizada» y los bienes de estas personas podrán ser objeto del procedimiento de extinción de dominio, en aplicación de la ley que regula la materia.

Capítulo I

Compuesto por los artículos del 1 al 5, este apartado suscribe el objeto de la ley que busca proteger todo activo, derechos e intereses de Venezuela en el extranjero de todo aquel que quiera representarlo ilegalmente.

Respecto a su finalidad: proteger el patrimonio frente a cualquier «intento de expolio» por  parte de actores internacionales con complicidad de venezolanos en el país; garantizar el desarrollo económico nacional a través de la generación de fuentes de trabajo y «elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica y tecnológica del país». Y también busca proteger los derechos humanos de los venezolanos frente a las sanciones.

Será aplicada a todos los activos, derechos e intereses «independientemente del lugar donde se encuentren y del nivel de participación accionaria», suscribe el artículo 3.

Subraya que las disposiciones de la ley son de orden público y que en caso de duda en su interpretación «se adoptará la que más favorezca la protección del patrimonio».

Capítulo II

El artículo 6 indica que será el Ejecutivo Nacional quien adopte todas las medidas para impedir o revertir cualquier acto de despojo contra los activos, derechos e intereses de Venezuela en el extranjero, incluyendo la celebración de todos los actos o negocios jurídicos que resulten necesarios para su protección.

Asimismo, precisa que corresponde a la Procuraduría General ejercer la defensa del patrimonio frente a toda negociación, oferta, acuerdo, compromiso o acto de enajenación o disposición que intente ser realizado por personas que pretendan usurpar o atribuirse la representación de la República o sus entidades.

«La Procuraduría General de la República, cuando lo estime pertinente para el mejor desempeño de sus funciones, podrá, previa autorización de la Vicepresidencia de la República, designar representaciones en el extranjero», acota el artículo 7.

En su artículo 8, expone que será declarada inexistente e ineficaz cualquier negociación, oferta, acuerdo, compromiso o acto de enajenación o disposición realizado en torno a cualquier activo, derecho o interés de la República o sus entidades ubicadas en el extranjero, por parte de personas que pretendan usurpar o atribuirse la representación de la República o sus entidades.

Todos estos actos se considerarán carentes de validez formal y material y no tendrán efecto jurídico alguno ni comprometen al país.

El que usurpe o se atribuya la representación de Venezuela o que participe en ofertas, negociaciones, acuerdos, compromisos o actos de enajenación o disposición de los activos en el extranjero «será sancionado penalmente conforme a lo establecido  en la legislación contra la corrupción y la delincuencia organizada».

El artículo 11 indica que también enfrentarán responsabilidades penales los profesionales del derecho que participen de estos actos: serán sancionados con pena de quince (15) a veinte (20) años de prisión.

«La conducta prevista en este artículo se considerará como una actividad ilícita de delincuencia organizada y estará sujeta al procedimiento de extinción de dominio, de conformidad con la ley que regula la materia».

¿A quién será aplicada?

Durante la sesión de la Asamblea Nacional electa en 2020, en la que fue aprobada la ley en segunda discusión, el presidente del parlamento, Jorge Rodríguez arremetió contra la oposición democrática y aseveró que Dinorah Figuera fue designada como «presidenta de Narnia» para seguir «robando activos».

Afirmó que el lunes 15 de mayo se «perpetró un golpe de Estado» contra el dirigente opositor Juan Guaidó. «Una cofradía de malandros que se reúnen en el McDonald’s de Fort Lauderdale llamado Tribunal de Narnia, en el exilio, ayer nombró a una señora llamada Dinorah (Figuera), presidenta de la República. No tienen ni siquiera sentido del ridículo».

A su juicio esto es una «barbaridad» y acusó a Estados Unidos de «regalarle» a Figurera 365 millones de dólares de los activos congelados en el extranjero.

«Ayer se reúnen en McDonald’s, se compran 5 o 7 cajas felices y la sala constitucional de Narnia llega y dictamina que esta señora, cuidadora de ancianos, es la presidenta interina de Venezuela. Uno podría decir, pero ¿será que son psicóticos? ¿Será que necesitan algún tipo de medicación antidelirante, endovenosa, y esperar un rato a que vuelvan a recuperar la conciencia, la orientación en tiempo, en espacio y sobre todo que dejen de alucinar y que dejen de delirar?», declaró.

En este sentido, expresó su respaldo a la aplicación de «sanciones ejemplarizantes» con «esta cuerda de ladrones», enmarcadas en esta nueva ley que será aplicada tras su publicación en Gaceta Oficial.

Por su parte, el diputado del PSUV Ramón Lobo subrayó que este instrumento legal es de alcance interno, pero también le da competencias al Estado para ir ante instancias internacionales para exigir la devolución de los activos venezolanos en el extranjero.

En entrevista concedida al programa «Café en la Mañana» que transmite Venezolana de Televisión, rechazó la supuesta designación de Figuera como presidenta y recalcó que «si alguna persona se prestó de manera directa o indirecta, tiene que asumir una responsabilidad penal a nivel interno, pero también a través de Extinción de Dominio se podrán recuperar activos que provienen de algún tipo de actividad ilegal, narcotráfico, corrupción y traición a la patria».

A su juicio, es una ley muy sencilla, pero «tiene alto contenido nacionalista porque las diferencias políticas no pueden dar pie a que entreguen a terceros lo que no les corresponde o permitan una especie de remate como pretenden hacer tribunales judiciales en Estados Unidos», manifestó al referirse al caso Citgo.

Instrumento de persecución

Por su parte, líderes de la oposición democrática han catalogado a esta ley como un instrumento para perseguir a los adversarios de Nicolás Maduro.

Voluntad Popular (VP) rechazó este miércoles la aprobación de la ley por considerar que es un mecanismo más de persecución política.

«Esto no está dirigido solo a los políticos. Una ley como esta podría involucrar a cualquier venezolano que ellos consideren enemigo, o si ellos tienen un tema personal contra algún dirigente de la cúpula de Nicolás Maduro», expresó la coordinadora política de VP, Adriana Pichardo.

Aseguró que el patrimonio de Venezuela «está a resguardo de gobiernos democráticos», no de empresas ni de terceros.

Francisco Sucre, también diputado de la AN de 2015 y jefe del comando de campaña del precandidato Freddy Superlano, aseguró que esta ley forma parte de «un entramado de persecución política previo al evento electoral del próximo año».

En esta misma línea, el precandidato a La Primaria César Pérez Vivas afirmó que la ley no logra recuperar nada sino que es «para  perseguir adversarios políticos. Otra ley del derecho penal del enemigo», escribió en su cuenta Twitter.

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