El Esequibo: La geografía de una reclamación histórica

Redaccion El Tequeno

Para entender el proceso que ha ocurrido en el territorio Esequibo y la controversia que viene con él, se debe realizar un estudio histórico que se remonta a la época de la colonia y los primeros límites realizados en el país, así lo reseñó VENEZUELA 360.

Para esto debemos considerar la formación territorial que se fue creando durante 260 años de ocupación por parte de la corona española, donde a partir de diferentes capitulaciones fue otorgando a distintos conquistadores o adelantados, entre los años 1525 y 1786 y formó las Provincias de Margarita, Venezuela (o Caracas) , Nueva Andalucía (o Cumaná), Maracaibo, Barinas y Guayana. La organización territorial en América llevó a la creación de Virreinatos que se conformaron por agrupación de Provincias; creación de Reales Audiencias para administrar justicia o también la creación de Capitanías Generales para aspectos militares y administrativos como fue el caso de la Capitanía General de Venezuela.

La provincia de Guayana fue creada por la Real Cédula con fecha de 18 de noviembre de 1568, en la cual se ordenó a la Audiencia de Santa Fe otorgar capitulación a Gonzalo Jiménez de Quesada para poblar los llanos y territorio al oriente de el Nuevo Reino de Granada, desde el río Orinoco hasta el Amazonas, orden que ejecutó Antonio Berrío, quien heredó la gobernación de Guayana a partir de 1.582. Esta provincia quedó inicialmente bajo la jurisdicción del Virreinato de Nueva España y de la Audiencia de Santa Fe; en 1766 la provincia pasó a formar parte de la Audiencia de Santo Domingo; en 1768 se agregó a la provincia la Comandancia General del Orinoco y Río Negro. Finalmente, en 1777 la provincia se sometió en lo militar y administrativo a la Capitanía General de Venezuela y en 1786 se sometió en lo judicial a la Real Audiencia de Caracas.

En 1648 como parte de la Paz de Westfalia se firma un tratado de Paz entre los Países Bajos y el reino de España (Tratado de Münster), en el cual España reconoce la existencia de Colonos de naturaleza comercial al este del río Esequibo.

En 1814 a través del Tratado de Londres, Holanda cede a Gran Bretaña los asentamientos de Berbice, Demerara y Esequibo, cuyos límites eran: al norte el océano Atlántico, al sur Brasil, al este el río Corentine y al oeste el río Esequibo, es decir, estas colonias se encontraban en su totalidad al este del río Esequibo.

El 5 de Julio de 1810 se declara la independencia de Venezuela. En esta declaración se encontraban los representantes de las provincias de Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Barcelona, Mérida y Trujillo. No participaron los representantes de las provincias de Maracaibo y Guayana, por lo que al sancionar la Constitución Federal de las Provincias Unidas de Venezuela el 21 de diciembre de 1811, en su artículo 128 declaran que, una vez libres de la opresión serán admitidas siempre y cuando puedan y quieran unirse a la confederación, por lo que una vez liberada la provincia de Guayana, quedó bajo la protección de la República.

El 11 de agosto de 1819 se sanciona en Angostura la Constitución Política de Venezuela, en cuyo artículo 2 se dispone que Guayana será una de las diez provincias del territorio de la República. Luego, el 17 de diciembre de 1819 el congreso de Angostura sancionó la Ley Fundamental de la República de Colombia, que disponía en su artículo 2 que el territorio de la nueva República de Colombia comprendía la antigua Capitanía General de Venezuela y el Virreinato del Nuevo Reino de Granada. Posteriormente, el 30 de agosto de 1821 en la Constitución de La Gran Colombia el territorio se volvió a definir como “…el mismo que comprendían el antiguo Virreinato de la Nueva Granada y Capitanía General de Venezuela”. Con esto se siguió un principio del derecho internacional público americano conocido como Uti Possidetis Juris, que consiste en el dominio que ejerce un Estado sobre los territorios que geográfica e históricamente le pertenecen en virtud de los títulos obtenidos.

Al separarse Venezuela de la República de Colombia, la Constitución de 1830 definió que el territorio de Venezuela comprende todo lo que antes de la de la transformación política de 1810 se denominaba Capitanía General de Venezuela.

Las pretensiones inglesas

A pesar de la existencia de suficientes documentos y cartografía que indicaban el límite oriental de Venezuela en el río Esequibo, una serie de eventos dieron pie al aumento de las pretensiones inglesas de obtener mayor cantidad de territorios venezolanos, con la intención de llegar a las bocas del río Orinoco.

Decreto del Libertador

El Libertador Simón Bolívar en 1817 se reúne con el congreso en Angostura para dictar la constitución y dicta un decreto en el que provisionalmente coloca el límite territorial de la provincia de Guayana en el río Moruca (no en el Esequibo). Este error posiblemente ocurrió debido a que para esa fecha existían asentamientos de mercantes holandeses al este del río Esequibo, que poblaban haciendas para producir caña de azúcar y otros productos de exportación. Sin embargo, este decreto fue posteriormente rectificado respecto a los límites de la República de Venezuela.

Mapa de Codazzi 1824

Esta situación de facto quedó reflejada en el mapa oficial de Agustín Codazzi en 1824, donde refleja la presencia de colonos al oeste del Esequibo, tanto en el norte como en el sur de la frontera oriental, pero expresamente indica que son territorios que se consideran “usurpados” por los ingleses. En estos mapas oficiales se confirma que los límites de Venezuela se encuentran demarcados en el río Esequibo.

Las líneas de Schomburgk

Robert Hermann Schomburgk fue un naturalista y explorador nacido en Sajonia, reino de Prusia (Actual Alemania), a quien la Royal Geographical Society de Inglaterra le encargó explorar la Guayana. De esas expediciones surgieron diferentes delimitaciones unilaterales y arbitrarias que formaron parte fundamental en el proceso posterior de usurpación inglesa, de conflicto y de delimitación.

Línea de 1834

El primer mapa realizado por Schomburgk estaba más acorde con las ocupaciones inglesas para ese momento, sin embargo en este mapa la línea despoja a Venezuela de 4.290 km² aproximadamente. Esta delimitación se basa principalmente en los asentamientos entre el río Esequibo y el río Moruca. Coincide con el sector delimitado por Codazzi como usurpado.

Línea de 1840

El segundo mapa de Schomburgk tiene una línea falsa donde arbitrariamente se usurpan 147.000 km² aproximadamente, comienza en Punta Playa, el territorio usurpado aumenta de manera tal que se unen los dos territorios denominados como usurpados en el mapa de Codazzi.

Línea de 1887

Las pretensiones inglesas aumentan, se presume que es debido a la presencia de minas en las cercanías del río Yuruari venezolano, por lo que la línea es arbitrariamente movida nuevamente. La línea comienza en Punta Barima, boca oriental principal del río Orinoco y se extiende cerca de Upata. Aunado a esto se realiza demarcación en ciertos puntos del territorio. Venezuela se queja formalmente y recibe como respuesta que esa no era una posición oficial. Venezuela rompe relaciones diplomáticas con Gran Bretaña.

Máximas pretensiones

Es la línea presentada en el tribunal arbitral por parte del imperio británico y corresponde a la mayor usurpación de territorio venezolano: 205.000 km² aproximadamente.

Esta vez incluye poblaciones ya reconocidas históricamente, como Guasipati y Tumeremo.

Laudo de París

La doctrina Monroe, que se resume en la frase «América para los americanos», y establecía que toda intervención de países europeos en América sería vista como un acto de agresión que requeriría la intervención de los Estados Unidos de América, fue invocada por Venezuela. En 1895 el Congreso de los Estados Unidos a instancias del presidente Cleveland crea una Comisión Bicameral para determinar los límites entre Venezuela y la Guayana Británica. En 1897 se firma el Protocolo de Washington contentivo de un tratado de arbitraje para establecer el procedimiento y las reglas jurídicas mediante el cual un tribunal arbitral internacional definiría el límite internacional entre la Guayana Británica y los Estados Unidos de Venezuela. También se acordó, que los resultados de la investigación así como el fallo serían aceptados como un arreglo pleno, hecho y derecho, conclusivo en la disputa.

El Tribunal Internacional para el arbitraje estuvo conformado por cinco miembros, de los cuales ninguno era venezolano, debido a que Gran Bretaña no lo permitió. Venezuela fue representada por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de América, Melville Weston Fuller y el Juez David Josiah Brewer. Por Gran Bretaña fueron nombrados los ingleses Charles Arthur Russel, Baron Russel de Killowen, Lord presidente de la Corte de Justicia de Gran Bretaña y Richard Henn Collins. Este tribunal fue presidido por el jurista ruso Frederic de Martens.

La delegación de Venezuela estuvo compuesta por el ex presidente de los Estados Unidos de América Benjamin Harrison, José María Rojas (venezolano) y Severo Mallet-Prevost como Secretario.

El 3 de octubre de 1899 se dictó el Laudo de París donde se establece la línea limítrofe que comienza en Punta Playa y donde se le cede la mayor cantidad del territorio reclamado por Gran Bretaña.

Es importante destacar que en este período de tiempo, Venezuela se encontraba pasando por una situación política delicada, con la Revolución Liberal Restauradora de Cipriano Castro y la desestabilización del gobierno de Ignacio Andrade que concluiría con la toma de poder por parte de Cipriano Castro días más tarde el 22 de octubre de 1899.

1. Violación del Protocolo de Washington

El laudo arbitral fue arbitrario por violar las reglas del Protocolo de Washington. En su artículo 3, dicho Protocolo obligaba a los jueces a investigar los limites entre España y Holanda, en este caso la decisión jurídica debía estar en principio conforme al principio del Uti Possidetis Juris; y sólo se admitirán aquellos territorios que hayan sido poseídos por más de 50 años ininterrumpidos. Esta regla no fue probada ni establecida en el laudo.

2. Ausencia de Motivación

La decisión de un laudo debe estar fundamentada con suficientes bases de hecho y de derecho para poder ser válida. La exposición de motivos es la parte de una sentencia que permite determinar si la misma fue dictada conforme al derecho internacional. En el caso del Laudo de París no hay motivación alguna.

3. Ultra petita

Proviene del latín y es utilizado en derecho para indicar que una resolución judicial va más allá o concede más de lo solicitado por las partes. El caso del Laudo de París fue más allá de lo controvertido, debido a que decidió y reglamentó la libre navegación por por ríos venezolanos Amacuro y Barima.

4. Corrupción del tribunal

Existió presión por parte del presidente del tribunal Frederic de Martens, para que el resto de los jueces aceptaran de manera unánime la línea por él propuesta o de lo contrario le entregaría las bocas del río Orinoco a Gran Bretaña.

Memorándum de Severo Mallet-Prevost

Luego del fallecimiento de Mallet-Prevost (secretario y consejero legal de la representación venezolana), se publicó en el American Journal of International Law (revista prestigiosa de derecho internacional en los Estados Unidos) un memorándum, donde se da a conocer algunas irregularidades del Laudo de París. Indica que el magistrado Brewer, uno de los jueces norteamericanos le afirmó que el presidente del tribunal, Frederic de Martens, había indicado a los jueces norteamericanos que tanto él como los dos jueces británicos estaban interesados en que existiera unanimidad en la decisión, para ello proponían una línea limítrofe al este de la boca del río Orinoco; y si los jueces norteamericanos no aceptaban dicha línea, tanto de Martens como los dos jueces británicos votarían por la línea reclamada por Gran Bretaña y por mayoría de votos se convertiría en el límite establecido.

El magistrado Brewer le indicó a Mallet-Prevost que tanto él como el magistrado Fuller estaban dispuestos a rechazar dicha propuesta y emitir una opinión de la línea que ellos consideraban apropiada, pero esto sería una decisión minoritaria y los venezolanos nunca les perdonarían haber perdido las bocas del Orinoco. Para evitar un daño mayor a Venezuela, los jueces norteamericanos decidieron aceptar la propuesta de Frederic Martens.

Acuerdo de Ginebra

En noviembre de 1962 Venezuela denuncia ante Organización de las Naciones Unidas (ONU) el Laudo de París, y Gran Bretaña accede a reabrir los archivos del caso. En 1966 se da la independencia de Guyana y Venezuela indica que no se opone a la independencia de Guyana, sin embargo, hace sus reservas sobre el territorio ubicado al oeste del río Esequibo.

El 17 de febrero de 1966 se firma el Acuerdo de Ginebra entre Venezuela, el Reino Unido y el gobierno colonial Guyana. El objeto del Acuerdo de Ginebra es lograr una solución satisfactoria para el arreglo práctico de la controversia. Se crea una comisión mixta para trabajar durante 4 años, y se establece que, si no se llegaba a un acuerdo, la controversia se regiría por el artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas para el arreglo pacífico de controversias. El período venció y no se llegó a un acuerdo. En 1970 se firmó el Protocolo de Puerto España, en el cual se suspendía por un término de 12 años el procedimiento bajo el Acuerdo de Ginebra.

Una vez transcurridos los 12 años, Venezuela decide no prorrogar el Protocolo de Puerto España y en 1983 propuso la negociación directa con Guyana. Guyana no acepta y a su vez propone tres alternativas: La Corte Internacional de Justicia, la Asamblea General de la ONU o el Consejo de Seguridad de la ONU, alternativas que Venezuela rechaza.

En 1983 el conflicto es elevado al Secretario General de las Naciones Unidas, en concordancia con lo establecido en el Acuerdo de Ginebra. En 1987 Guyana y Venezuela deciden aceptar el método de Buenos Oficios, que comienza a hacerse efectivo en 1989.

Buenos oficiantes

La figura del buen oficiante tenía como función el acercamiento de los gobiernos para poder llegar a la solución satisfactoria para el arreglo práctico de la controversia. El 31 de marzo de 1983 el Secretario General de la ONU, Javier Pérez de Cuéllar designó al ecuatoriano Diego Cordovez como primer buen oficiante, el cual luego de visitar ambos países, el 20 de marzo de 1985 presentó una propuesta que consistía en una comisión mixta de cinco miembros. Esta propuesta que luego de su análisis no resultó aceptada. Posterior a algunas modificaciones, en julio de 1986 presenta una nueva propuesta que se trataba de establecer de un Grupo de Contacto formado por cinco miembros, de los cuales cada gobierno debía elegir dos miembros, uno de su nacionalidad y el segundo de una nacionalidad diferente, mientras que los cuatro miembros elegidos por los gobiernos, elegirían al quinto miembro y presidente del Grupo de Contacto, quien además debería ser de nacionalidad distinta a los cuatro primeros miembros. Las decisiones del Grupo de Contacto serían por consenso con la intención de lograr una solución definitiva y se presentarían informes preliminares al Secretario General de la ONU y un informe definitivo con la solución al conflicto. La propuesta fue considerada muy formal, además de limitar el contacto directo entre los Gobiernos de Venezuela y Guyana.

Las conversaciones entre representantes de ambos gobiernos continuaron, incluso hubo cuatro reuniones entre los presidentes de ambos países: Georgetown (16-18/11/1987), Kavanayen (19/08/1988), Caracas (02/02/1989) y Puerto Ordaz (08/11/1989). El 11 de noviembre de 1989 se designa a Alister McIntyre (Jamaica) como Buen Oficiante y se acordó implementar el mecanismo de facilitadores de ambos países con la intención de flexibilizar la discusión y explorar la solución sin la rigidez de compromisos diplomáticos. El 13 de agosto de 1990 se realizó en Nueva York la primera de varias reuniones con los facilitadores.

Posteriormente se designó como Buen Oficiante a Oliver Jackman (Barbados), quien continuó las labores de acercamiento y fallece en el año 2007. Para el año 2010 el Secretario General de la ONU Ban Ki-moon designa al jamaiquino Norman Girvan como Buen Oficiante. El 25 de octubre de 2010 visitó Georgetown para iniciar sus labores ante ambas naciones, y el 04 de mayo de 2011 visitó Venezuela, y acordaron realizar encuentros periódicos entre los facilitadores Roy Chaderton (Venezuela) y Ralph Ramkarran (Guyana), quienes reportarían los avances al Secretario General de la ONU. La figura del buen oficiante no logró avances para llegar a un acuerdo entre ambos países.

En el año 2017 el Secretario General de la ONU Ban Ki-moon designa al diplomático noruego Dag Halvor Nylander para que logre llegar a un acuerdo en 7 meses; y si en este período tan corto no se logra el acuerdo y el Secretario General anunció que se lleve la controversia a la Corte Internacional de Justicia.

La postura de Venezuela durante todo este proceso es de comprometer a las partes a lograr la solución satisfactoria y práctica entre las partes, debido a que considera que el Laudo de París es nulo y lo que está implícito al firmar Guyana el Acuerdo de Ginebra. Por su parte Guyana posee una postura de determinar primeramente si el Laudo Arbitral de París es nulo, por lo que Venezuela debería demostrar la nulidad antes de poder sentarse a negociar la solución satisfactoria. Esta postura ha sido la que ha detenido cualquier avance en el arreglo del conflicto, ya que al intentar Venezuela demostrar que el Laudo de París es nulo, Guyana responde que no está convencida que está demostrada la nulidad. Es importante destacar que en el Acuerdo de Ginebra no se trataba de demostrar o no la nulidad del Laudo de París, sino de lograr la solución satisfactoria de las partes para el arreglo práctico de la controversia, por lo que se puede inferir que Guyana no estaba actuando de buena fe.

Situación actual

En el 2018 Antonio Guterres, Secretario General de la ONU decidió enviar el caso se resolviese en la Corte Internacional de Justicia (CIJ). Guyana solicitó al tribunal que se declarase competente, mientras que Venezuela no se presentó a las reuniones precedentes. En Caracas se argumentó mediante el Ministerio de Relaciones Exteriores que Venezuela no ha dado el consentimiento para que el asunto se resuelva en la CIJ. Sin embargo, en diciembre de 2020 la CIJ se declara competente en la disputa. Para el 8 de marzo de 2023 le correspondería a Venezuela presentar sus alegatos (contra memorial) ante la CIJ.

Áreas marinas y submarinas en el Atlántico

Independientemente del territorio continental en disputa (territorio Esequibo) y las válidas reclamaciones por parte de Venezuela, existe una realidad marítima que también se debe analizar. En la proyección marítima del litoral en el territorio Esequibo, grandes compañías petroleras transnacionales, como ExxonMobil, Eco Atlantic, Repsol, Tullow, Anadarko, CNOOC y Total, han realizado campañas prospectivas y posterior a diferentes perforaciones se han certificado al menos 9,4 mil millones de barriles de petróleo crudo en el sureste del bloque Stabroek y en el bloque Orinduik.

No obstante, Guyana pretende adentrarse a la fachada atlántica que indiscutiblemente corresponde a Venezuela, aún sin el espacio terrestre que se encuentra usurpado (territorio Esequibo), con una línea proyectada casi al norte franco hasta llegar a la línea limítrofe oficial de Venezuela con Trinidad y Tobago. Mientras que Venezuela pretendería una delimitación de equidistancia con el acimut 70°.

Ámbito petrolero

En el año 1999 Guyana otorgó a Exxon (5 meses antes de que ésta se fusionara con la Mobil para luego autodenominarse ExxonMobil) y Royal Dutch Shell Group una concesión de más de 60.700 km² del bloque Stabroek, que incluye espacios marítimos que corresponden a la fachada atlántica indiscutible de Venezuela. Venezuela y Surinam emitieron notas de protesta, debido a que los límites marítimos no se encuentran determinados, por lo que otorgar concesiones de esas dimensiones implica un riesgo de usurpación territorial para ambos países.

Venezuela se reunió con representantes de ExxonMobil e incitó a cesar las labores de exploración en la fachada atlántica, ya que esto pudiera comprometer la continuidad de las concesiones otorgadas por parte de Venezuela en La Ceiba (Zulia) y en Cerro Negro de la Faja Petrolífera del Orinoco. Shell abandonó las labores en Guyana y Exxon aplicó la cláusula del contrato que estipulaba que la disputa marítima acarreaba la suspensión de las labores costa afuera.

En el 2008 ExxonMobil y el gobierno de Guyana firmaron un nuevo contrato, esta vez incluía a dos compañías con las que PDVSA sostenía importantes alianzas, CNOOC (empresa estatal china, Importante inversor en proyectos de la Faja Petrolífera del Orinoco) y HESS (empresa estadounidense socia en el complejo HOVENSA).

Perforaciones

Para realizar la prospectiva petrolera se han efectuado una serie de perforaciones dentro del bloque Stabroek por parte de las compañías que poseen concesiones con Guyana. Las perforaciones son las siguientes:

  • Liza 1 – 05/2015
  • Liza 2 – 07/2016
  • Skipjack 1 – 08/2016
  • Liza 3 – 09/2016
  • Payara 1 – 01/2017
  • Liza 4 – 03/2017
  • Snoek 1 – 03/2017
  • Payara 2 – 07/2017
  • Turbot 1 – 10/2017
  • Ranger 1 – 01/2018
  • Pacora 1 – 02/2018
  • Liza 5 – 03/2018
  • Sorubim 1 – 04/2018
  • Longtail 1 – 06/2018
  • Hammerhead 1 – 08/2018
  • Pluma 1 – 12/2018
  • Haimara 1 – 02/2019
  • Tilapia 1 – 02/2019
  • Yellowtail 1 – 04/2019

De estas perforaciones, únicamente Skipjack y Sorubim resultaron ser secos, el resto son explotables.

Luego de estas perforaciones , se han certificado al menos 9400 millones de barriles de petróleo crudo, lo que representaría a una cifra mayor al total de reservas certificadas de petróleo de los 28 países miembros de la Unión Europea. Se estima que la cantidad de petróleo puede ascender hasta los 32.400 millones de barriles extraíbles, lo que posicionaría a Guyana entre los 20 países con mayores reservas de petróleo convencional en el mundo.

Guyana se encuentra en conversaciones sobre una alianza petrolera con Surinam y Brasil para la construcción de infraestructura que agilice la explotación.

Acimut 70°

En el año 2013 la Armada venezolana interceptó y arrestó al barco de prospección Teknik Perdana por realizar estudios sin la autorización de Venezuela. Venezuela reafirmó que mientras no se resuelva la disputa terrestre no aceptará labores petroleras al norte de la línea del azimut 70°, por lo que desde ese momento las exploraciones realizadas por ExxonMobil se habían localizado al sur de la línea del azimut 70°. Venezuela toma este azimut principalmente porque sigue la misma línea paralela que Venezuela posee en su delimitación con Trinidad y Tobago.

En el 2018 Exxon Mobil comenzó una nueva campaña al norte de la línea azimut 70°, por lo que el barco Ramform Thetys fue interceptado por la armada de Venezuela, lo que obligó a la suspensión de los estudios.

En el año 2019, 13 países que conforman el Grupo de Lima emitieron una declaración en la que desconocen la presidencia de Nicolás Maduro y en esa declaración incluyeron un apartado donde manifiestan estar preocupados por la intercepción militar del barco Ramform Tethys, dentro de la Zona Económica Exclusiva de Guyana. Posterior a esto, voceros de la Comisión para la Defensa del Esequibo y de la Fachada Atlántica de la Asamblea Nacional (CODEFAAN) se pronunciaron en contra de este apartado de la declaración, por lo que varios países rectificaron su postura por la controversia existente entre Venezuela y Guyana (Guyana, Paraguay y Canadá no rectificaron su postura).

La importancia de la defensa de las áreas marinas y submarinas definidas por la línea del acimut 70° radica en que de concretarse las pretensiones de Guyana, se produciría un cierre marítimo que impediría incluso la navegación hacia aguas internacionales, así como el acceso a todos los recursos que se encuentran en la Zona Económica Exclusiva y la plataforma continental.

Esta delimitación marítima sería únicamente tomando provisionalmente a Punta Playa como punto de proyección. 

Zona Operativa de Defensa Integral Marítima Insular (ZODIMAIN)

En el año 2015, el presidente de Venezuela Nicolás Maduro decretó la ZODIMAIN para la salvaguarda de los espacios marítimos en el océano Atlántico, posterior a denunciar la injerencia de los Estados Unidos de América, a través de ExxonMobil, en la disputa territorial con Guyana. Esta Zona Operativa, toma como punto de proyección la desembocadura del río Esequibo.

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